Elecciones 2027: desafío para integrar a la diáspora mexicana

Ciudad de México. De cara a la jornada electoral del próximo 6 de junio de 2027, México vivirá un proceso político amplio en el que se renovarán diversos cargos públicos a nivel federal y local. 

En este escenario concurrente convergen el sistema de partidos ordinario, los derechos políticos de la comunidad migrante y las dinámicas comunitarias de los pueblos originarios.

Sin embargo, el marco normativo actual plantea condiciones diversas para el ejercicio del voto de las mexicanas y los mexicanos que residen fuera del país.

Los 300 distritos electorales federales

A nivel federal, la contienda abarcará la renovación completa de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión mediante la elección de los 300 distritos electorales federales de mayoría relativa. 

La legislación electoral no contempla la emisión del voto a distancia desde el extranjero para la conformación de la Cámara Baja. 

Debido a esta disposición, las personas residentes fuera del país que deseen participar en la elección de diputaciones federales por sus distritos de origen deben poseer una credencial para votar emitida en México, con domicilio en territorio nacional, y trasladarse al país el día de la jornada. 

Quienes crucen la frontera para emitir su sufragio fuera de su sección correspondiente pueden acudir a las casillas especiales instaladas en el territorio nacional, donde el derecho al voto se restringe a las opciones de la circunscripción asignada al domicilio de su credencial y se encuentra sujeto al límite legal de mil boletas por casilla.

Gubernaturas y Congresos estatales

En el plano subnacional, el derecho al voto transnacional presenta aperturas específicas según el cargo y la entidad federativa. 

Durante 2027 se disputarán 17 gubernaturas, pero únicamente 10 estados reconocen legalmente la participación de su ciudadanía en el exterior para elegir al titular del Ejecutivo estatal, siendo estos Baja California Sur, Chihuahua, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas. 

Para ejercer este derecho, la población migrante originaria de estas entidades debe contar con su credencial vigente e inscribirse en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero a más tardar el 28 de febrero de 2027, procedimiento que se realiza mediante la aplicación oficial del Instituto Nacional Electoral, “Mi INE, Mi voto donde esté”, o en el portal institucional, donde también se selecciona la modalidad de votación, ya sea electrónica por internet, postal o presencial en sedes consulares autorizadas.

Respecto al ámbito legislativo local, 30 entidades renovarán sus Congresos Estatales durante esta misma jornada, pero solo cinco de ellas garantizan el sufragio desde el extranjero para la integración de sus legislaturas. 

En Aguascalientes, Estado de México, Jalisco y Oaxaca, los votos emitidos desde el exterior se computan dentro del principio de representación proporcional para la asignación de diputaciones plurinacionales o fórmulas migrantes. 

Por su parte, la Ciudad de México y Guerrero contemplan mecanismos de mayoría relativa con representación directa a través de la figura de la Diputación Migrante, donde la comunidad en el exterior elige a un representante directo para su integración al Congreso local.

Sistemas Normativos Indígenas

En lo que concierne al ámbito municipal, 28 entidades federativas renovarán ayuntamientos o alcaldías mediante el sistema de partidos políticos, con las excepciones de Coahuila y Durango. 

Dentro de este sistema ordinario de partidos no existe la posibilidad de emitir el voto desde el extranjero para la elección de presidencias municipales, sindicaturas o regidurías.

No obstante, en el mapa político del país existe una vertiente diferenciada amparada en el Artículo 2.° de la Constitución Federal, la cual reconoce el derecho a la libre determinación mediante Sistemas Normativos Indígenas. 

En el estado de Oaxaca, donde 418 de sus 570 municipios se eligen bajo usos y costumbres, la legislación electoral estatal no organiza votaciones postales o electrónicas para autoridades locales.

Sin embargo, la autoridad electoral local documenta que 55 de estos municipios autorizan de manera autónoma la participación de su población migrante a través de mecanismos comunitarios internos.

Algunos mecanismos son el otorgamiento de cartas poder para familiares en la asamblea, la lectura de manifestantes por escrito en actos públicos o la asignación de comisiones comunitarias en el exterior. 

Esta dinámica de autogobierno indígena opera de forma similar en diversos municipios y comunidades de Guerrero, Michoacán, Morelos y Tlaxcala, donde la inclusión de la diáspora no depende de una plataforma informática centralizada, sino del reconocimiento otorgado por la Asamblea General de cada pueblo originario.